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Un grupo de 272 abogadas y abogados dominicanos que apoyan la inclusión de las tres causales para la interrupción voluntaria del embarazo en el Código Penal enviaron una carta al presidente Luis Abinader pidiendo que ejerza su liderazgo político para que incluya las tres causales en el Código Penal.

Indican las organizaciones que promueven la modificación del Código que los abogados que apoyan la causa expresan que esta reforma legal sea una realidad y cumpla con sus obligaciones constitucionales de respetar, proteger y hacer efectivos los derechos a la vida, a la salud, la autonomía, y la dignidad de las mujeres y las niñas dominicanas.

En la misiva, las y los doscientos setenta y dos juristas establecen que la inclusión de las tres causales de eximente de responsabilidad penal por la interrupción voluntaria del embarazo constituye una medida constitucionalmente válida, y aseguran que al prohibir el aborto en todos los casos el país está en violación de todas las normas de salud y derechos humanos que existen, incluyendo la Constitución de la República. 

Afirman que obligar a una mujer, a una niña o adolescente a mantener un embarazo producto de una violación sexual, o incesto, llevarlo a término cuando existe constancia de la inviabilidad fuera del útero o cuando su vida corre peligro por este embarazo, constituye un acto cruel, inhumano y degradante.

 

A continuación, la carta completa:

 

 

Carta abierta al presidente Luis Abinader

 

Asunto: Apoyo de abogadas y abogados a la inclusión de las tres causales para la interrupción voluntaria del embarazo en la reforma del Código Penal

 

30 de marzo de 2021

Sr. Luis Abinader

Presidente Constitucional de la República Dominicana 

Palacio Nacional

 

Señor presidente:

 

Desde el 24 de marzo, nuestro Congreso está discutiendo la reforma del Código Penal. Este debate incluye la despenalización del aborto en tres causales: cuando el embarazo suponga un riesgo para la vida de la mujer o niña embarazada, cuando el feto no sea viable, y cuando el embarazo sea resultado de violación o incesto. Las abogadas y abogados suscribientes le recordamos que desde su posición puede ejercer su liderazgo político para que esta reforma legal sea una realidad y cumpla así usted, señor presidente, con sus deberes constitucionales de respetar, proteger y hacer efectivos los derechos a la vida, a la salud, la autonomía, y la dignidad de las mujeres y las niñas dominicanas.

 

Como bien ha afirmado la Comisión Especial designada por la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo para el estudio del proyecto del Código Penal, la inclusión de las tres causales de eximente de responsabilidad penal por la interrupción voluntaria del embarazo constituye una medida constitucionalmente válida, en la medida que cada una de las causales protege derechos fundamentales de las mujeres, que de otro modo serían vulnerados, al estar legalmente obligadas a continuar un embarazo en contra de su voluntad y su vida en dignidad en los tres supuestos indicados.

 

La primera causal, eliminando la penalización de la interrupción del embarazo cuando suponga un riesgo para la vida de la mujer o niña, responde al mandato constitucional de la protección del derecho a la vida, a la salud y a la atención médica de la mujer y las niñas. La segunda causal sobre la inviabilidad del feto protege los derechos a la dignidad, a la integridad física y psíquica de la mujer. Y la tercera causal que permite interrumpir el embarazo cuando sea resultado de violación o incesto, está íntimamente ligada con la imperativa protección de los derechos a la dignidad, a la integridad física y psíquica de la mujer y al libre desarrollo de la personalidad. En efecto, obligar a una mujer, a una niña o adolescente a mantener un embarazo producto de una violación sexual, o incesto, llevarlo a término cuando existe constancia de la inviabilidad fuera del útero de la mujer o cuando su vida corre peligro por este embarazo, constituye un acto cruel, inhumano y degradante según ha sido considerado el Comité de Derechos Humanos de la ONU a través de su jurisprudencia.

 

Las estadísticas son claras: las leyes que penalizan el aborto de manera absoluta no reducen la cantidad de abortos, sino que empujan a las mujeres a someterse a tales procedimientos en condiciones de extrema inseguridad y precarias condiciones de higiene y salubridad. Como indican los estudios sobre el tema, esta es una importante causa de muerte y de graves daños a su integridad física. La despenalización por causales es el estándar mínimo de protección en salud materna, según los organismos internacionales rectores de la salud como la OMS y la OPS.

 

Si bien aprobar las causales no obliga a ninguna persona a abortar, es imperativo que las mujeres y niñas dominicanas tengan la posibilidad de decidir por sí mismas si interrumpir, o no, un embarazo en estas tres situaciones excepcionales, sin sufrir ninguna consecuencia legal por la decisión que puedan tomar. De igual manera, es vital que no haya consecuencias legales para los servidores de la salud que les asistan (doctores, enfermeras, laboratoristas, entre otros).

 

El Estado se configura como garante de derechos de las personas, de la libertad individual y de la justicia social, y usted, como presidente constitucional, se ha comprometido con la protección y defensa de los derechos de la población y el respeto a la Constitución. Es lamentable que la República Dominicana no provea el estándar mínimo de protección legal para la salud materna a las mujeres y las niñas de este país.

 

No podemos dejar de enfatizar que las tres causales persiguen armonizar derechos fundamentales en conflicto, justamente como ordena la Constitución dominicana en su artículo 74. Este ejercicio de armonización de derechos fundamentales no es extraño en nuestra legislación, ni siquiera cuando del derecho a la vida se trata. Es así que, a modo de ejemplo, nuestro actual código penal reconoce en su artículo 328 la “legítima defensa” como eximente de responsabilidad penal para el homicidio. Por el contrario, la penalización absoluta de la interrupción voluntaria del embarazo no solo resulta una solución irrazonable, desproporcionada y por ende contraria al artículo 74, sino que, desconoce en su totalidad los derechos a la vida, la salud y los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. 

 

En vista de todo lo anterior, le exhortamos que, como presidente de la República Dominicana y líder del partido mayoritario en el Congreso, impulse y lidere a su partido para que la interrupción del embarazo en estas tres causales sea legal, segura y gratuita. Aprobar el aborto en estas tres causales es garantizar la vida, salud y dignidad de las mujeres y niñas dominicanas.

 

Respetuosamente,

 

 

  1. Ivanna Molina Peña
  2. Indiana Jiménez Guerrero
  3. Ansel Sierra Ferreira
  4. Raimy Reyes
  5. Amaury Reyes Torres
  6. Anderson J. Dirocie D.
  7. Patricia M. Santana Nina
  8. Mary Fernández Rodríguez 
  9. Francisco Álvarez Valdez
  10. Altagracia Balcácer Molina
  11. Gladys Piñeyro Serrano
  12. Bienvenida Mendoza
  13. Susana Dionicio Montas
  14. Melina Zaiz 
  15. Yildalina Tatem Brache
  16. Alexandra Sánchez García
  17. Paola Pelletier
  18. Darlin Joel Polanco 
  19. Rasiel Salcedo 
  20. Ismael Tavárez Beras
  21. Michelle Perezfuente 
  22. Glenys De Jesús Checo 
  23. Yulianna Ramón Martínez 
  24. Sheila Encarnación Castillo
  25. Geny N. Lozada Núñez
  26. Neftalí Solís Encarnación 
  27. Rosa Lina Núñez 
  28. Laura Pérez Díaz 
  29. Mariel Ortega De los Santos
  30. Orlando González
  31. Oscarina Ureña Martínez 
  32. Erwin Ramón Acosta Fernández 
  33. Nelson Nina de León
  34. Lourdes S. Medina Romero
  35. Amaya Olivo Espinal
  36. Susana Gautreau De Windt
  37. Sabrina Alba
  38. Domingo Ant. Grullón
  39. Natalia Ramírez-Morún
  40. Anthony Melo 
  41. Joey Núñez Aybar
  42. Johan Francisco Guzmán
  43. Perla Rivas
  44. Romina Figoli Medina
  45. Carlos Rosario
  46. Yasmín Cerón Castro
  47. Laura E. Paniagua Ortiz
  48. Javier Blanco
  49. Josefina Almánzar 
  50. Nicole Astacio
  51. Mariel Alfau Romero
  52. Yadira Durán 
  53. Pamela Ramírez
  54. Luz Esmeralda Pinales Marte
  55. Laisa Santana
  56. Emilio A. Zucco S.
  57. María Fernanda López Pérez 
  58. Ady Marie Vargas Grullón
  59. Crismelin Mejías 
  60. Priscile Morillo
  61. Rocío Carolina Henríquez 
  62. Tamara Aquino 
  63. Gabriela Núñez 
  64. Ramón Fondeur Silvestre
  65. Jesús Dionisio Jerez
  66. Sara Cruz Cid
  67. Liz Anna Martínez
  68. Hernán Mejía
  69. Nilsa López
  70. Rosalía Sosa Pérez
  71. Gloria Henríquez
  72. Nataly M. Batlle
  73. Bartolomé Pujals
  74. Deivis Cabrera 
  75. Vilma Cabrera Pimentel
  76. Elka Scheker Mendoza
  77. Nicole Acta
  78. Jennifer Gómez Caraballo
  79. Lissa Aquino
  80. Erinia Peralta
  81. Claudia Rosario
  82. Fabiola Disla
  83. Katherine De La Cruz Jaime
  84. Zastaba Desireé Dotel Pujols
  85. Somnia Vargas
  86. Katia Ríos Goico
  87. Marianela Carvajal Díaz 
  88. Maurice Sánchez 
  89. Koral Álvarez
  90. Diana De Camps
  91. Anyelo Minier
  92. Jaime Francisco Rodríguez 
  93. Juana Birmania Gutiérrez Castillo
  94. Ángela Alfau 
  95. Angélica Toribio 
  96. Alina Guzmán
  97. Félix Nova Hiciano
  98. Luis Apolinar Abreu Javier
  99. Germania Elisabeth Mercedes Pérez 
  100. Elina Castillo
  101. Gabriela Balaguer
  102. Hans Martínez 
  103. Melanie María Holguín Martínez
  104. Tobías Fernández
  105. Cipriano Rhadamés Mercedes
  106. Dayleyni Ortiz 
  107. Jesús Mártires Plata Medina
  108. Brianda Hernández 
  109. Annsherly Reyes
  110. Chelsea Rodríguez
  111. Jennifer de la Cruz
  112. Lisbeth Doñé 
  113. Nicole Toribio
  114. Marieliza Domínguez
  115. Jade Arias
  116. Lisbeth De la Rosa
  117. Mell Almonte
  118. Josué Esteban Espinal
  119. Lisbeth Montero Henríquez
  120. Javier A. Freites Capitán
  121. Aracelis Crespo Díaz
  122. Kevelin Peña 
  123. Frangely Melina De León Rodríguez 
  124. Amelia Alexandra Suarez Reynoso 
  125. Emilia Vélez 
  126. Víctor Gerónimo
  127. Darlenis Cristina Nova 
  128. Julyka Peralta
  129. Leslie Alcántara Dipré
  130. Stacey Paulino
  131. Richar Novas
  132. Lourdes Solanyi Taveras Estrella 
  133. Emilio Fernández 
  134. Onice Grullón
  135. Lisbeth Martínez 
  136. Ariza Martínez 
  137. Edith Rosario 
  138. Juan Zorrilla
  139. Patricia I. Estrella 
  140. Yolanda Martínez Z.
  141. Juan Manuel Paredes 
  142. Kamily M. Castro Mendoza
  143. Laura Karina Rodríguez
  144. Leniza Hernández Orozco
  145. Nery Montero 
  146. Lorenny Bruno
  147. Danna Ly Acosta
  148. Roberto A. Sánchez Montero
  149. Ismeylin Lara Sánchez
  150. María Virginia Irizarry
  151. María Magdalena Sosa
  152. Bernardina Peña Jiménez
  153. Anny Minerva Jaquez Reyes 
  154. Oceanne Tavárez
  155. Emely A. Marcelo de Jesús 
  156. José M Santana
  157. Dariel López 
  158. Abril Acosta 
  159. Yoel Alexander Grullón Robles
  160. Linabel González Duarte
  161. Miguel Ángel Fernández
  162. Esmeralda Rincón Sánchez 
  163. Marisol García Oscar 
  164. Silvio Hernández Severino
  165. Teresa Morel Mora
  166. Desirée Alexandra Del Rosario 
  167. Elian Espaillat
  168. Zobeyda Cepeda
  169. Jeremy Díaz Bonnelly 
  170. Jamel Pérez
  171. Nicanor Rodríguez Tejada
  172. Miriam Stern Velázquez
  173. Ricardo Ripoll 
  174. Koral Leyba
  175. Denisse Gómez Segura 
  176. Ricardo Augusto Herrera García 
  177. Virginia Wall 
  178. Mildred Almonte 
  179. Ricardo A. Canela Contreras
  180. Carlos Vargas 
  181. Mariela Lueje
  182. Jeritza Pimentel 
  183. Claudia Taveras Alam
  184. María Teresa Matos Gómez
  185. Liex De Jesús 
  186. Yesmin Mercado
  187. Karina Macielle Mateo Sánchez 
  188. Nathalie Abreu Mejía 
  189. Laura Veloz Guerrero
  190. Nelson De la Rosa
  191. Lisa M. De Los Santos Piñeyro
  192. Enmanuel Álvarez Selman
  193. Hayley Olivo Bordas 
  194. Lezlie Domínguez 
  195. Patricia Pérez Díaz
  196. Nataly Santana Sánchez
  197. Daisy García Ventura
  198. Manuel Alejandro Fernández Hernández 
  199. Imanol Lorenzo
  200. Farah Chepman
  201. Susana Marieti Arias Tejada 
  202. Winie Adames
  203. Yelandia De Jesús
  204. Alexandra Sued 
  205. Jhonayri Vásquez
  206. José Antonio Adames Acosta
  207. Sarah E. Roa Ramírez
  208. Lissette Arias
  209. Raquel Rodríguez
  210. Keyla Reyes
  211. Esther Girón 
  212. Eduardo Fernando López Melo 
  213. Juana De Jesús Rojas
  214. José L. Almánzar Paulino
  215. Luis Arturo Acosta Balbuena
  216. Chrystie Giselle Salazar Caraballo 
  217. José Manuel Rodríguez Santana
  218. Diego A. D’Aniello Pérez
  219. Claudia Tejada 
  220. César Rodríguez Muñoz
  221. Nayibe Abel Chabebe
  222. Angela María Guzmán Mejía 
  223. Corayma Collado 
  224. Juan Alberto Ureña Guzmán
  225. Mary Álvarez Lam
  226. María Graciela Cuervo Franco
  227. Annie Domínguez 
  228. Fernanda A. Frías Peralta 
  229. María A. Carbuccia 
  230. Germaine Matos
  231. Fabiola Medina Garnes
  232. Penélope Arboleda Saviñón
  233. Denisse Casado
  234. Milyn Trisciuoglio 
  235. Margarita J Carbuccia 
  236. José E. Fernández Lockward
  237. Emmanuel Hilario Lightbourne
  238. Sarah Suzaña
  239. Angélica Noboa Pagán
  240. Laura Cristina Bretón 
  241. Seyla Fung
  242. César V. Polanco Reynoso
  243. Yoobanna Espaillat
  244. Lorena de los Santos 
  245. Elbio Junior de Jesús Rodríguez Torres
  246. Eudy Alberto Jiménez
  247. Yunior G. Espinosa González
  248. Adrianny Hernandez Schira
  249. Lewis Luciano Cruzeta
  250. Leslie C. Peña Coste
  251. Jisel Pandelo
  252. Nicole Pérez Milán
  253. Eleny Salcedo
  254. Andrea Polanco Zouain
  255. Eduardo Domínguez 
  256. Yeneliz Checo Jáquez
  257. Alejandra Guzmán
  258. Eduardo Sturla
  259. Juslivy Peña
  260. Daniel A. Sánchez Comprés
  261. Edward Valentín Márquez Ramón
  262. Rafael Acosta Amador
  263. Jaritza Rodriguez
  264. Anny A. Polanco Lovera
  265. Karina Valdez 
  266. Wellmy Stephania Cuevas Lantigua 
  267. Darío Rodríguez Crisóstomo
  268. Mery E. de la Cruz
  269. Katherine Nicole Díaz Fernández 
  270. Clara Espinosa de Abel
  271. Rosa Antonia Lemos
  272. Seleny M. García Lizardo