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Derechos humanos |

 El Espacio de Comunicación Insular ha recibido una carta de varias organizaciones legales y de derechos humanos sobre una decisión definitiva de parte de la Suprema Corte Justicia referente a la nacionalidad de la señora Juliana Deguis Pierre, que publicamos en su totalidad 

El Movimiento Socio-Cultural de los Trabajadores Haitianos (MOSCTHA), el equipo legal de la Red Jacques Viau, la Fundación Derechos Vigentes, el Instituto Internacional sobre Raza, Igualdad y Derechos Humanos y Robert F. Kennedy Human Rights expresamos nuestra profunda preocupación por la decisión adoptada el 27 de febrero de 2021 por la Suprema Corte de Justicia (SCJ) de la República Dominicana en relación a la nulidad del acta de nacimiento original de Juliana Deguis Pierre, cuyo caso fue el que dio origen a la criticada Sentencia 168-13, que además de afectarla a ella individualmente despojó a miles de personas dominicanas de ascendencia haitiana de su nacionalidad dominicana en 2013. Bajo la Ley 169-14 de 2014, la Señora Deguis Pierre tiene el derecho a la restauración de su nacionalidad y a acceder a sus documentos de identidad dominicanos.

En junio de 2014, un mes después de la emisión de la Ley 169-14, el registro de nacimiento de la Señora Deguis Pierre fue eliminado del registro original en donde había sido registrado desde su nacimiento y fue registrada en un registro denominado el “Libro de Registro de Transcripción”, algo que no se encontraba contemplado ni autorizado por la Ley 169-14 u otro instrumento legal.

De hecho, en la Ley 169-14 el legislador ordena transcribir en los libros del registro civil, no en un libro segregado creado arbitrariamente por la Junta Central Electoral (JCE), el organismo dominicano encargado de los registros civiles.

Ella recibió un acta de nacimiento ‘transcrita’ con números diferentes a su acta original. Incluso antes de la aprobación de la Ley 169-14, la JCE, demandó la nulidad del acta original de la Señora Deguis Pierre y en octubre de 2014 la JCE solicitó abrir nuevamente el caso para imponer el acta de transcripción de la Señora Deguis Pierre en lugar de su acta de nacimiento.

En septiembre de 2016, el juzgado de primera instancia de Monte Plata confirmó la nulidad de su acta de nacimiento original y la Señora Deguis Pierre apeló la decisión. En fecha 08 de febrero del 2018, se conoció la audiencia de apelación, en la Corte de Apelación de Santo Domingo, en mayo 2018, la Corte emite la sentencia confirmando la decisión del tribunal de primera instancia de Monte Plata. El Caso de Juliana es llevado a Casación en la Suprema Corte de Justicia.

El 27 de enero de 2021, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia emitió la Sentencia Número 120 que rechazó su recurso de Casación en beneficio de la JCE, esta es la decisión más reciente, dada por el tribunal en último recurso que impone a Juliana un acta de transcripción que no existe en la legislación dominicana como libro registro de actos del estado civil, este documento fue confirmada e impuesto sobre un acta de nacimiento declaración oportuno, sin que ninguno de los tribunales haya dicho que ley fue aplicada.

Este es el último ejemplo de la intransigencia de diferentes niveles de autoridades del Estado dominicano que han promovido cinco sentencias en contra de la Señora Juliana Deguis Pierre. Con la sentencia de la SCJ, se cierra a nivel interno, cualquier recurso tendente a rechazar la desnacionalización.

Todas las medidas tomadas, para mitigar los efectos de la desnacionalización conducentes a la apatridia, quedan sin sentido, los derechos fundamentales de la Sra. Deguis Pierre y los más de 253 mil personas dominicanas de ascendencia haitiana, han sido violadas, ante la mirada indiferente de la Justicia Dominicana. El llamado “Libro de Transcripción” carece de legitimidad legal. El proceso de transcripción segrega a las personas dominicanas de ascendencia haitiana de otras personas dominicanas, literalmente mediante la creación de un registro separado clasificándolas como una clase diferente de ciudadanas, pese a su derecho incontrovertible a la nacionalidad dominicana.

Las organizaciones firmantes hemos señalado de manera persistente que las víctimas de estas políticas de desnacionalización, incluida la Señora Deguis Pierre, enfrentan obstáculos para registrar el nacimiento de sus hijos e hijas, inscribirse en la universidad, encontrar un empleo estable, o acceder a servicios de seguro social o médico, entre muchas otras necesidades de la vida cotidiana cuya afectación se ve exacerbada en el contexto actual de la pandemia del COVID19.

Esta nueva decisión de la SCJ sostiene la lógica defectuosa, racista y discriminatoria de la Sentencia 168-13 de 2013, afectando a miles de personas del mismo perfil étnico de la Sra. Deguis Pierre. Esta sentencia, junto con el reciente anuncio del gobierno dominicano de construir un muro en la frontera dominicano-haitiana, demuestra la continuación de las políticas discriminatorias del Estado hacia las personas haitianas y hacia sus propios ciudadanos dominicanos de ascendencia haitiana, en lugar de buscar proteger y garantizar sus derechos humanos.

Hacemos un llamado urgente al Estado dominicano a que elimine de manera inmediata la práctica de utilizar el “Libro de Transcripción” y la anulación de las actas originales de nacimiento y se comprometa a adoptar un sistema de registro libre de discriminación para garantizar la nacionalidad de las personas dominicanas de ascendencia haitiana. Además, instamos al Estado a que aborde de manera comprehensiva la discriminación racial y xenofobia histórica que ha permeado a muchos sectores de la sociedad dominicana y que está a la raíz de sus políticas de desnacionalización y anti migratorias.

Dr. Joseph CHERUBIN

Lic. Manuel Js. DANDRÉ MOSCTHA Dir. Ejecutivo REDH-JV Dr.

Genaro Rincón M.

Lic. Antonio POL EMIL FDV Equipo Legal RE