Lo que debió ser un día de regocijo y felicidad para la despedida del año viejo y bienvenida del año nuevo, se convirtió en una pesadilla para la niña Brianna Genao Rosarios y sus familiares tras su desaparición. Un 31 de diciembre amorgo para su comunidad de Imbert, en la provincia de Puerto Plata y de tristeza e incertidumbre para todo un país.
Pasadas las horas y los primeros días de la desaparición, las autoridades policiales y del Ministerios Publico estuvieron al frente de las pesquisas, las primeras líneas de la investigación enfocan un posible rapto, y el brazo acusador de las autoridades se inclina hacia dos de sus parientes. Los tíos abuelos de la niña, los nombrados Rafael y Reyes Rosario Núñez, que según fuente investigativa y así se hizo comentar en distintos medios, ellos habían asesinado y raptado a la menor, noticia que hondo más la indignación nacional, al tratarse de familiares cercano que convivían con la niña.
Divulgada esta noticia y ante la acusación presentada a los parientes de la menor por el organismo investigativo, se inundaron las redes sociales y los medios tradicionales de comunicación de comentarios fuera de contexto , alarmistas , injuriosas, donde muchos opinadores, comentaristas, e influencer comenzaron a insinuar la aplicación de la pena de muerte para los dos involucrados, aun a sabiendas que está prohibida en nuestro país , pero veían con buenos ojos, o así lo insinuaban, una muerte extrajudicial e incluso llegaron a sugerir , cual debería ser su destino una vez fueran encarcelados.
Ignorando que posterior a la acusación los moradores y las moradoras de la comunidad de Barreros, en el municipio de Imbert, Puerto Plata, lugar donde ocurrió la tragedia, denunciaban que las autoridades con el fin de presionar a los familiares apresados, torturaron a los mismos, para gestionar una confesión, mientras, parte de la población a priori y, sin detalles más que lo rumorado ya abogaba por la pena de muerte para los mismos, en cambio, el juez que conocía la medida de coerción , ordenaba su puesta en libertad, por insuficiencia de pruebas, mientras tanto las autoridades continúan las investigaciones.
Pongo este caso doloroso, duro de aceptar y sin valor de justificar o de cuestionar a los involucrados, para poner en contexto la aplicación de la pena de muerte y porque de mi negativa a esta, pues la población antes ciertos hechos actúa por impulso, emoción sin tener conocimiento real de causa y sin existir un juicio previo de la cosa irrevocablemente juzgada que haga culpable a una persona de haber cometido un hecho y por demás como en muchos casos han existido decisiones injusta que han condenado a muerte a un numero determinado de personas sin haber cometido el hecho por cual fue condenado , pero que en su momento la indignación social, lo hizo culpable de una muerte y la justicia actuó por la presión social.
Al margen de que la pena de muerte es contraria al derecho en si misma, ya que violenta un derecho fundamental como el derecho a la vida, la misma se ha prestado en los países que la aplican para cometer injusticias, basado en la discriminación y los prejuicios, como fue el caso del niño George Stinney Jr. condenado a pena de muerte por haber asesinado a dos niñas blancas, quien fue encontrado culpable y ejecutado en la silla eléctrica en el año de 1944, en Estados Unidos, y tras una larga batalla de sus familiares por su inocencia en el año 2014, un Juez de Carolina del Sur, anuló su sentencia tras 70 años de su ejecución, declarando que su juicio había sido una grave injusticia.
El caso de Tomothy Evans, en el Reino Unido, fue un ejemplo atroz de una condena a muerte por un crimen no cometido, pues, una persona con dificultades para leer y escribir, fue acusado de asesinar a su mujer y su hija de un año de edad y, obligado a firmar una confesión que lo llevó a ser ahorcado con apenas 25 años. Después de su ejecución el verdadero culpable de los asesinatos, un vecino de Evans y, asesino en serie, llamado John Christie, confesó los crímenes. Esta ejecución abrió el debate sobre la pena de muerte y dio al traste con la eliminación de misma en el Reino Unido.
Según la organización Death Penalty Information Center, (Centro de Información sobre la Pena de Muerte) desde el año 1973 a la fecha, más de 200 personas han sido condenada injustamente en Estados Unidos y posteriormente exoneradas, en cambio, otro grupo no menos importante, la prueba de su inocencia había llegado cuando ya habían sido ejecutado.
Por doloroso que sea un caso, por lo indignado que estemos sobre el mismo, procurar la pena de muerte no va a remediar la acción y no nos llevará al punto de origen del hecho, pues mi oposición a la pena de muerte siempre estará fundamentada en que es una violación a un derecho fundamental y en que existirá siempre la posibilidad de que, en la aplicación de la misma, se condene a un inocente.
Por el momento seguimos esperando y procurando por la aparición de la niña Briana y que los culpables caigan y se le aplique todo el peso de la ley, dentro del marco del derecho, procurando siempre que se haga justica para la niña y todos sus familiares.




