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Opinión | Doctor Nelson Figueroa Rodríguez/abogado y consultor internacional

Al margen de la valoración que tenga la población sobre un caso en particular, del juicio de valor que sobre el mismo se pueda tener, a parte de la indignación social que se tenga acumulada como resultado de muchos años de inacción por parte de los organismos llamados a persecución del delito, cuando se presenta un caso o se sindican a determinadas personas, se hace necesario que las acciones estén apegadas no a la satisfacción del morbo social, sino al respeto al debido proceso de ley.

Las acciones de los organismos públicos no deben apegarse a complacencias   de los  colectivos sociales, ni a organizaciones e instituciones que puedan sacar partido o beneficios de los procesos que se estén llevando a cabo , su rol principal consiste en  garantizar  la protección de los derechos fundamentales de las personas tal cual lo consagra la Constitución de la República Dominicana en su artículo 68, la cual plantea: “ La Constitución garantiza la efectividad de los derechos fundamentales, a través de los mecanismos de tutela y protección, que ofrecen a la persona la posibilidad de obtener la satisfacción de sus derechos, frente a los sujetos obligados o deudores de los mismos. Los derechos fundamentales vinculan a todos los poderes públicos, los cuales deben garantizar su efectividad”.

Fruto de la efervescencia que genera la apertura de los procesos judiciales o del apresamiento y señalamiento de determinadas personas, sean estas físicas o jurídicas, celebramos en muchos casos la violación de estos derechos, derechos que están llamado a protegernos a todos y todas de las acciones y/o arbitrariedades que puedan cometer los organismos públicos y represivos del Estado contra nosotros y nosotras, los ciudadanos y ciudadanas. Si bien hoy nos puede parecer   “justo” mañana podríamos ser cualquiera de nosotros y nosotras que estemos siendo violentados sobre la vulneración de nuestros derechos fundamentales.

Cada día somos victimas de las violaciones a nuestros derechos fundamentales y a la tutela  judicial efectiva con respeto al debido proceso, pues esas garantías mínimas que establece el artículo 69 de la constitución dominicana, entre las cuales sindica: “ El derecho a una justicia accesible oportuna y gratuita” , esto es una burla a todos y todas, pues sabemos que no existe la tal gratuidad de la justicia, pues en la practica la justicia es costosa, dilatada e inaccesible y tiende más a la protección del victimario , de la persona en conflicto con la ley,  para cual el sistema si depende de una defensoría pública y gratuita, que de la víctima que tiene que valerse por sus propios medios y recursos para hacerse escuchar  y defenderse en el sistema  de justicia.

Otro de los aspectos que plantea el artículo 69 de la Constitución  en el punto número 3. es “El derecho a que se presuma su inocencia y a ser tratado como tal, mientras no se haya declarado su culpabilidad por sentencia irrevocable”.

Todos y todas sabemos que una práctica común   del órgano persecutor del Estado, consiste en filtrar información y dilucidar  en los medios  de comunicación los casos,  efectuando  juicios adelantados y creando una  percepción  de culpabilidad ante la población  de determinadas personas, haciendo un juicio adelantado y otorgando una condena previa a los encartados , los cuales ya son sindicados como culpable sin antes haber sido oído y escuchado y sin que una sentencia emanada de la autoridad competente, que haya tenido el carácter de la cosa irrevocablemente juzgado, así lo haya establecido,   en  franca violación a todos sus derechos  fundamentales y a la tutela judicial efectiva.

Al margen del grado de culpabilidad de determinadas  personas que podamos entender,  nuestro deber como ciudadanos y ciudadanas no debe enmarcarse en celebrar, disfrutar, festinar las violaciones de los derechos fundamentales, por el contrario debemos aplaudir las acciones tendentes a adecentar la sociedad, a eliminar la corrupción del espectro nacional, pero que las mismas se fundamenten en el respeto al debido proceso de ley, siempre respetando la dignidad de las personas, que se enmarquen dentro del ámbito de la legalidad, que son la que sustentan el estado democrático y de derecho, que es el que debemos proteger, preservar, garantizar por encima de personas o entidades. Porque hoy somos los que celebramos esas violaciones, mañana quizás seamos los que estaremos reclamando el apego a lay, como reza el dicho.” HOY POR TI, MAÑANA POR MÍ”