Contáctenos Quiénes somos
Cultura y sociedad | Fuente Externa

La Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC) presentó el caso de FM En Tránsito ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para denunciar las violaciones a la libertad de expresión que generó la sanción del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 267/2015 por parte del presidente de Argentina, Mauricio Macri, al disolver uno de los organismos creados por la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA): el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual (COFECA).

Este Consejo tenía una función consultiva y de asesoramiento a la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) en la elaboración de políticas para el sector y su conformación incluía una amplia representatividad de distintos sectores sociales y políticos. Además, el COFECA debía designar a dos de los siete miembros de directorio de AFSCA (el encargado de la aplicación y fiscalización de la LSCA, así como también proponía dos miembros para el directorio del sistema de medios públicos del Estado RTA (Radio Televisión Argentina).

La disolución del organismo implicó la remoción de Enciso Riveros (miembro de FM En Tránsito), quien formaba parte del COFECA como uno de los tres representantes de los radiodifusores sin fines de lucro que preveía la LSCA.

Luego de agotar todas las instancias de reclamo en el ámbito nacional, AMARC decidió llevar el caso ante la Comisión Interamericana.

“La presentación ante la CIDH es, en primer término, una denuncia al Estado argentino por la violación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y de las reglas y estándares que emanan de los organismos del sistema interamericano en materia de libertad de expresión, legalidad formal y no regresividad, así como del derecho a la tutela judicial efectiva y al debido proceso”, explicó el abogado Damián Loreti, encargado de la denuncia.

El DNU 267/2015 generó importantes cambios a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) de 2009, sancionada durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner. Además de la flexibilización de las reglas para evitar la concentración de medios, el decreto generó modificaciones claves en términos de diseño institucional.

La normativa no solo creó un nuevo regulador “convergente” denominado Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) -para reemplazar a las autoridades de aplicación creadas por las leyes audiovisual y de telecomunicaciones, la AFSCA y la Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (AFTIC), respectivamente- sino que, además, dispuso la disolución del COFECA. Este organismo luego fue reemplazado por un nuevo Consejo, con una integración diferente, con menor representatividad que la que le había otorgado la LSCA.

En abril de 2016, en una acción impulsada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), organizaciones de la sociedad civil llevaron el tema a las audiencias públicas de la CIDH. En aquella oportunidad, denunciaron los efectos negativos del decreto para el acceso, la diversidad y el pluralismo, así como para la autonomía de los entes reguladores. Por su parte, el gobierno se comprometió a elaborar un nuevo marco regulatorio acorde con el derecho internacional. Para ello convocó a una “comisión redactora” que debía presentar un anteproyecto de ley integral que, a pesar de diversas prórrogas, aún no se ha presentado públicamente. En cambio, el Ejecutivo, a través del Ministerio de Modernización optó por avanzar con un proyecto de “Ley Corta” -que habilitaría a las telefónicas a brindar TV satelital- que obtuvo sanción en el Senado pero cuyo tratamiento en Cámara de Diputados quedó en suspenso hasta el próximo año.