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Medio Ambiente y Cambio Climático | José Luis Soto

La CDEEE  admitió ayer  en la mañana de hoy ante el Tribunal Superior Administrativo que carece de documentos legales que avalen el uso de los terrenos donde construye, desde hace más de un año, dos plantas de carbón mineral en Punta Catalina, Provincia Peravia.

En el conocimiento del recurso de amparo incoado por el Comité Nacional de Lucha Contra el Cambio Climático (CNLCC) ante el Tribunal Superior Administrativo para que éste le ordene al licenciado Rubén Jiménez Bichara y a la CDEEE la entrega inmediata de los documentos que avalen el uso de los terrenos donde esta entidad construye las plantas de carbón mineral en Punta Catalina, los abogados de la CDEEE dijeron al tribunal, tanto por escrito como de manera verbal, que no podían entregar estos documentos porque no existían.

Explicaron que la CDEEE, amparada en la declaratoria de emergencia nacional del sistema eléctrico nacional por la Presidencia de la República, había iniciado la construcción de la obra sin contar con ningún acuerdo con los propietarios de estos terrenos y por tanto sin los títulos de propiedad de los mismos, sin un acto de venta y sin un acuerdo de arrendamiento.

Sin embargo, indicaron que el gobierno podría declarar estos terrenos de utilidad pública en caso de que fuera necesario y no se produjera un acuerdo con los propietarios de los mismos que es el Grupo Vicini.

El abogado que representa al Comité Nacional de Lucha Contra el Cambio Climático (CNLCC), Darío Coronado, manifestó ante el tribunal que la CDEEE había violado la ley, porque antes de irrumpir en esos terrenos ajenos e iniciar la construcción de estas plantas, debió de proceder a obtener la declaratoria de utilidad pública los mismos y pagar su valor a sus legítimos propietarios.

El doctor Coronado se opuso al pedimento de los abogados de la CDEEE de que el tribunal declarara inadmisible el recurso del CNLCC por carecer de objeto, y por el contrario solicitó al tribunal que admitiera el recurso aunque no pudiera ser satisfecho a causa de la violación de la ley por parte de esta empresa. El tribunal colegiado determinó que en los próximos días depositará vía secretaria la sentencia del presente caso.

Por su parte, el Comité Nacional de Lucha Contra el Cambio Climático (CNLCC) afirmó que la admisión de la CDEEE de que carece de documentos legales que avalen el uso de los terrenos donde construye las plantas de carbón en Punta Catalina, es una fehaciente demostración de que este proyecto es desde el principio un abuso de poder “al peor estilo trujillista”.

Indicó que no es posible en un país que se respete la ley y la institucionalidad, que el gobierno invierta, según lo ha anunciado públicamente, más de 600 millones de dólares en un terreno ajeno sin ningún acuerdo con los propietarios o sin proceder con arreglo a la ley de expropiación que establece la declaración de utilidad pública y la indemnización de los dueños de manera previa al usufructuo de la propiedad.

Dijo que la primera y principal consecuencia de la admisión por parte de la CDEEE de carecer de la documentación legal para el uso de los terrenos donde construye las plantas de carbón, es la ilegalidad de la licencia ambiental que le otorgara el Ministerio de Medio Ambiente y Recurso Naturales el 14 de agosto del 2014, que se emitió bajo el supuesto de que esta empresa ostentaba el derecho de propiedad de estos terrenos en los que edifica esta obra.

“La CDEEE carece de los documentos sobre los terrenos donde se construyen las plantas, pero tampoco posee las cartas de no objeción del Ayuntamiento de Baní y de la Junta Distrital de Catalina, que son requisitos explícitamente exigidos por los términos de referencia elaborados por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales para poder autorizar este proyecto”, señaló el CNLCC.

Precisó que desde sus inicios la construcción de las plantas de carbón en Punta Catalina ha sido irregular, violatoria de las leyes y carente de manera absoluta de transparencia.

Recordó que este proyecto se inició sin licencia ambiental pese a que el artículo 41 de la Ley 64-00 de Medio Ambiente establece que ningún proyecto podrá iniciarse sin contar previamente con permiso o licencia ambiental, la cual fue ilegalmente otorgada a más de un año de haberse iniciado la construcción de estas plantas.

“También en este proyecto existe una sobrevaluación de alrededor de mil millones de dólares que no ha sido explicada, sino que por el contrario, se le ha dado largas al proceso contencioso que conoce las irregularidades cometidas en el otorgamiento del contrato de la construcción de esta plantas a la empresa ODEBRECT, con un precio mucho mayor, de más de mil millones de dólares, que la propuesta de otros oferentes”, aclaró.

El comportamiento opaco, arbitrario e ilegal exhibido por el gobierno y la CDEEE en este proyecto de las plantas de carbón, siendo éste su principal proyecto eléctrico y económico, descalifica la convocatoria que recientemente han hecho para el inicio de las discusiones del Pacto Eléctrico.

“Nadie puede creer y tener confianza en un gobierno que ha actuado de manera tan ilegal en su principal proyecto eléctrico al punto de irrespetar el derecho de propiedad irrumpiendo en un terreno ajeno, donde ha invertido de forma irresponsable más de 600 millones de dólares del presupuesto nacional”, apuntó el CNLCC.