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Opinión | Pablo Mella, sj

Desde hace años, se viene discutiendo con preocupación la necesidad de contar con una nueva ley de partidos en la República Dominicana. La discusión se ha acalorado en los últimos meses con las opiniones encontradas en torno a las denominadas primarias abiertas.

Buena parte de las discusiones que se han ventilado sobre el tema en la esfera pública se han centrado en tecnicidades y en identificar cuáles grupos de poder apoyan las primarias abiertas y cuáles no, especificando por qué lo hacen en términos electorales exclusivamente. Algunas de estas discusiones se han dado incluso con desconocimiento de lo que está en juego; y pocas de ellas han profundizado en los aspectos ético-políticos que están envueltos. Estas líneas quieren aportar algunos elementos para esta reflexión.

    1) Definir los términos: la ley de partidos

Desde el punto de vista ético-político, saber quién apoya qué aspectos de una ley de partidos resulta menos importante. El asunto radica más bien en responder a las preguntas: ¿cuál es el propósito de una ley de partidos y, para el caso que nos ocupa, en qué medida las primarias abiertas ayudan a este propósito? Habiendo aclarado esto se podrá preguntar cuáles son los pasos más convenientes para seguir adelante, profundizando la práctica democrática nacional.

La ley de partidos tiene como función regular la organización y el funcionamiento de los partidos políticos con vistas a garantizar la democracia y el respeto de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución. En el caso dominicano, al igual que en muchos países, se trata de una ley orgánica, pues toca aspectos asociados al régimen electoral, un sistema institucional que resulta decisivo para la convivencia social y política de toda la nación (Constitución Dominicana, art. 112). Esto implica que para ser aprobada, una nueva ley de partidos deberá contar con el voto favorable de las dos terceras partes de los legisladores presentes en ambas cámaras. Queda claro, pues, que la ley de partidos es más decisiva que la mayoría de las leyes para la vida política de la sociedad dominicana.

De especial interés resulta la finalidad ético política que formula una ley de partidos para sí misma. Podría decirse que, en principio, da lo mismo que se tome una manera u otra de reglamentar los partidos. Lo más importante es ponerse de acuerdo para qué son en última instancia los partidos. Estos solo se justifican si refuerzan el propósito humanizador expresado en lo que las sociedades humanas han ido aprendiendo en los últimos siglos. Este proceso de aprendizaje social se concentra en una expresión: derechos fundamentales. Los partidos han de estar al servicio de garantizar estos derechos.

Pongamos un ejemplo iluminador de la finalidad de una ley de partidos, a saber, lo escrito en la ley número 6 de 2002 del Reino de España. La sociedad española vio la importancia de explicitar el fin para el que se forman partidos políticos y de tipificar las prácticas que no ayudan a este propósito. Entre los motivos de la ley española de partidos se lee que el objetivo último consiste en «garantizar» el funcionamiento del sistema democrático, y se explicita que para ello hace falta impedir «que un partido político pueda, de forma reiterada y grave, atentar contra ese régimen democrático de libertades, justificar el racismo y la xenofobia o apoyar políticamente la violencia y las actividades de las bandas terroristas».

Como toda ley de partidos, la española ha sido objeto de amplios debates. Se teme que la cláusula antes citada sea susceptible de interpretaciones muy ambiguas y que lleve a prohibir o eliminar partidos que pueden propugnar un cambio social significativo. Pero podemos rescatar lo positivo que tiene: un partido político no puede organizarse con valores y programas que atenten contra los derechos fundamentales. Un partido político no puede propiciar la discriminación de algunos colectivos ni violar los derechos reconocidos constitucionalmente a todas las personas que habitan el territorio nacional.

Una ley de partidos regula normalmente los siguientes temas: condiciones para la formación y disolución de los partidos; su estructuración y funcionamiento; su modo de financiación institucional; su modo de financiar las campañas; sus procedimientos para elegir los candidatos a las campañas. Es en este último acápite que entra el asunto de las primeras abiertas.

2)     Las primarias abiertas y simultáneas

 Se conoce «primarias» los procesos por los cuales los partidos eligen los candidatos que irán a la contienda electoral. No son primarias, por lo tanto, los procesos de elección de los cargos internos del partido, o sea, aquellos que tienen que ver con el funcionamiento del partido: su presidente, su secretario general, su tesorero, los miembros de sus consejos, etc.

Se llaman «abiertas» aquellas primarias en las que pueden votar miembros extrapartidarios. Cuatro países de América Latina tienen en este momento primarias abiertas: Argentina, Uruguay, -Chile y Honduras. Por lo tanto, no se trata de algo totalmente nuevo, aún por probarse. Se trata de una experiencia que ha dado resultados aceptables en otros países de la región. Las primarias abiertas son «simultáneas» cuando los votantes eligen, el mismo día y con el mismo procedimiento, a los diversos candidatos de los diversos partidos.

Las primarias abiertas se pueden organizar de muchas maneras. Cada país habrá de elegir el modo en que lo hará. Aquí nos atenemos a describir un modo sencillo de cómo se puede evitar que una persona que no pertenece a ningún partido pueda votar en más de uno o que una persona de un partido vote en otro. Tomamos este ejemplo porque es el que más ha incomodado o preocupado a algunos sectores dominicanos en nombre de la ética.

El procedimiento de votación sería básicamente igual al de unas elecciones generales. El votante llega con su cédula personal y electoral a la mesa de votación. El encargado de mesa consulta si su nombre se encuentra en la lista de la mesa y confirma si milita o no en un partido en el padrón electoral. Si milita en un partido, le entrega la boleta de su partido. Si no milita en un partido, se le entrega una boleta única similar a la de las elecciones nacionales, y procede a elegir solo en una de las casillas partidarias. La doble votación se evita ya que la persona solo vota en la mesa del padrón electoral donde está inscrita. No puede ir a otra mesa a votar ni puede volver a votar una segunda vez a su mesa, porque ya aparecerá que votó.

Distintas instituciones civiles dominicanas han dicho que obligar a los partidos a someterse a primarias abiertas simultáneas viola derechos. Otras han insistido en que las primarias abiertas son la mejor solución a la situación de las primarias en la República Dominicana. Sin entrar a discutir estos detalles, podemos decir que este no es el problema principal en estos momentos. El problema principal tiene que ver con la práctica partidaria como un todo.

3)     Los desafíos de los partidos políticos

El debate sobre la ley de partidos y las primarias abiertas apuntan más allá. Lo preocupante es el mismo sistema de partidos y cómo este sistema ha perdido calidad. La práctica partidaria dominicana se ha convertido en un mecanismo de ascenso social y de acumulación de riqueza. Es esto lo que se debe cambiar; y no serán las primarias abiertas (o las cerradas) lo que resolverán esta dinámica.

Todo procedimiento electoral es perfectible. Creer que un mecanismo institucional electivo resolverá todos los problemas políticos es una quimera. Las reflexiones ponderadas de pros y contras llevan a concluir que las primarias abiertas y simultáneas es un procedimiento muy conveniente para un país como el nuestro, pues garantiza mayor transparencia e institucionalidad. Pero hay que subrayarlo: aquí no radica el problema principal.

La imposibilidad de votar una ley de partidos es más preocupante que el tema concreto de las primarias abiertas. Hubiese sido mejor que se votase una nueva ley de partidos y que la elucidación de la modalidad de las primarias abiertas se postergara para otro momento. Otra solución hubiera sido, como proponen algunas organizaciones civiles, que la participación en primarias abiertas y simultáneas no fuera obligatoria. Pero no; los implicados (que son los legisladores de los principales partidos políticos y sus dirigentes) han preferido entorpecer el proceso. ¿Por qué?

La razón explicativa apunta al tema principal que preocupa a la sociedad dominicana: la corrupción. Las modalidades de primarias ponen en juego distribuciones de poder diferentes. De caer el gobierno actual, sus líderes deberán enfrentar una auténtica persecución legal de aquellos a quienes ellos han perseguido por el mismo motivo. Y, por el contrario, de continuar el gobierno actual, seguirán exculpándose a personas importantes implicadas en el desorden institucional en que se mueve el país en estos momentos, sobre todo por el caso Odebrecht. Desgraciadamente, el tema de la corrupción no solo corroe a los partidos políticos, sino a buena parte de la sociedad dominicana que de ella se beneficia. Lo que está en juego es el dinero fácil producto de la corrupción y la impunidad para enriquecerse ilícitamente a costillas del Estado sin que haya consecuencias judiciales.

Así como la legislación española especificó, por ejemplo, que un partido no puede formarse sobre ideas xenófobas, en República Dominicana habría que especificar que un partido es cuestionable ante la ley si sus estructuras y su funcionamiento auspician la corrupción y la impunidad. Pero esto demandará, previamente, el cambio ético-político de toda la sociedad. 

Texto publicado originalmente en la Revista Amigo del Hogar 

Ley de Partidos y Primarias abiertas