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Public Knowledge propone extender a las plataformas digitales la exigencia que ya tienen los operadores de telecomunicaciones en Estados Unidos en relación a la privacida de. 

Es lo que en inglés se conoce como “CPNI”, que determina que la información en red es propiedad exclusiva del cliente.

La organización plantea que algunos de los principios del CPNI podrían aplicarse igualmente a las plataformas. Por ejemplo, limitar el uso de la información; la capacidad de recopilación; y que los consumidores tengan el control sobre su información.
 
De acuerdo con la organización, la regla del CPNI tiene importantes funciones: para la privacidad, para el fomento de la competencia y también para proteger la innovación, ya que evita que las empresas de telecomunicaciones usen los datos que proporcionan a la red tanto los clientes como los competidores para que el sistema funcione.
 
A modo de ejemplo, “las normas evitaban que una empresa como Verizon llevara adelante acciones usando la información provista por un proveedor competidor, como AT&T, u otro negocio, como ADT Security [empresa de alarmas], que depende de la red del proveedor de telefonía… además si le digo a mi empresa de telefonía que he decidido pasarme a una empresa de alarmas competidora, y que por lo tanto debe brindarle mi información telefónica para que puedan prestarme el servicio, la FCC exige que la empresa de telefonía cumpla con mi pedido”, señala la publicación de Public Knowledge.
 
En este sentido, la organización plantea que hay puntos de contacto con el funcionamiento de las plataformas digitales. “Además del fragmento sobre la privacidad del consumidor, muchas plataformas dependen de contenidos de terceros que deben brindarle a la plataforma información propietaria para llegar al cliente… Si la plataforma decide expandirse a la producción de contenido o productos, puede usar toda la información propietaria que ha recopilado de sus rivales potenciales en la plataforma para usarla como investigación de mercado”, sostiene el documento.
 
En consecuencia, Public Knowledge retoma una serie de principios de CPNI que podrían aplicarse a las plataformas:
 Distinguir entre lo que la plataforma necesita saber para prestar el servicio y lo que la plataforma «sabe»: esto es la diferencia entre uso y recopilación de información. “La CPNI impone límites aplicables sobre la manera en que las empresas usan la información que recopilan, limitando estos usos a aquellos que pensemos, como país, que son compatibles con el interés público”, explica el documento.

 Limitar la capacidad de recopilación de información por parte de proveedores de contenidos o servicios terceros que usen la plataforma para llegar a los consumidores: se trata de la información que la plataforma recopila y puede usar con fines limitados vs el uso ilimitado de la información recopilada. La situación es ejemplificada del siguiente modo, “la aplicación de un régimen de la CPNI evitaría que Amazon (o cualquier otra plataforma digital) use la información recopilada para promover sus propios productos o competir deslealmente con terceros que usan su propia plataforma”.

 Conceder a los consumidores el control de su información personal permitiéndoles controlar su divulgación: La CPNI para plataformas “debería incluir la capacidad de obligar la divulgación de datos recopilados por una persona no solo para ella, sino para cualquier tercero que esa persona le ordene directamente a la plataforma”, señala el documento.

 Crear una expectativa de privacidad general y acortar la lista de excepciones, en lugar de una expectativa general de uso con una corta lista de protecciones de la privacidad: la CPNI parte del supuesto que la información no puede ser utilizada sin el consentimiento expreso del consumidor y las excepciones son muy acotadas y están bien especificadas.

Se puede consultar aquí la serie completa de blogposts sobre regulación de plataformas digitales que propone Public Knowledge y que incluye, entre otros aspectos, la definición de plataformas digitales y cómo definir posición de dominio.

Fuente Observacom