Contáctenos Quiénes somos
Noticias |

OBSERVACOM y varias organizaciones de la región y norteamericanas presentaron un “amicus curiae” ante la Corte de Constitucionalidad Guatemala para proteger al comunicador comunitario Oscar Mejía Imul, condenado a prisión por operar una frecuencia sin licencia.

De acuerdo con el escrito presentado, “la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha advertido que resultan sumamente gravosas para la libertad de expresión las respuestas que establezcan sanciones penales”. La sanción penal impuesta constituye, evidentemente: “no solo la vulneración al debido proceso, al derecho de libertad de expresión, sino que además es violatorio de las convenios internacionales en materia de derechos humanos, sobre todo en lo que respecta a la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH)”
 
Además, se señala que “no existe un tipo penal que encuadre dicha acción [condena penal por el uso de una frecuencia radioeléctrica sin licencia de usufructo] debido a que la misma constituye una falta administrativa establecida en la Ley de General de Telecomunicaciones”. El documento sostiene que la definición de delito de “hurto” es “inaplicable” porque las emisiones radioeléctricas no reconocen el derecho de propiedad en la medida que nadie se apropia de ellas de modo material.
 
El “amicus curiae” es un recurso por el cual, en un proceso, terceras partes pueden ofrecer opiniones para la resolución de un caso judicial. En este caso, las organizaciones que presentaron el recurso fueron Cultural Survival; nSuffolk University Law School; Robert. F Kennedy Human Rights;  Red Centroamericana de Radios Comunitarias Indígenas de Nicaragua; AMARC Internacional y AMARC México; Fundación Comunicándonos de El Salvador; Voces Indígenas de Panamá a y OBSERVACOM.
 
Como consecuencia de la negativa para revisar la condena penal por la vía ordinaria, las organizaciones sociales solicitaron la intervención de la Corte Constitucional de Guatemala para que Oscar Mejía pueda “argumentar y discutir en un Tribunal superior e imparcial su inocencia”. El escrito recuerda que el debido proceso no solo implica “contar con recursos idóneos para la adecuada defensa judicial y velar por el cumplimiento de las etapas procesales; sino que además debe velar porque cada una de las etapas vaya aparejada de resoluciones y pronunciamientos debidamente argumentados y enmarcados a estándares de justicia”.
 
 
ENLACES RELACIONADOS:
 
Congreso de Guatemala estudia modificaciones a Ley de Telecomunicaciones para reconocer legalmente al sector comunitario
 
CIDH pide al gobierno de Guatemala adoptar medidas para reducir la concentración y reconocer medios comunitarios