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Este desafío que tienen las empresas dominicanas, así como las modificaciones que deben hacerse para una inclusión laboral, será discutido en un desayuno organizado por la Fundación Gissell Eusebio Life Transformer, en el que participará la senadora Faride Raful.

Santo Domingo, RD. Según un informe reciente del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), 8 de cada 10 personas con discapacidad no tienen empleo. Ante esta realidad, la Fundación Gissell Eusebio Life Transformer realizará un desayuno corporativo benéfico con el tema “Perspectiva de Derechos Humanos para las Personas con Discapacidades”, este miércoles 10 de noviembre, en el Hotel Real Intercontinental, de la Avenida Winston Churchill, de esta ciudad.

La oradora invitada será la senadora por el Distrito Nacional, Faride Raful, quien, desde su posición, está impulsando acciones a favor de las personas con discapacidades en el país, a través de su proyecto de reforma integral sobre discapacidad.

En este encuentro que organiza esta fundación que impulsa, educa y promueve el desarrollo humano y la autonomía de personas con discapacidades, se discutirá sobre los “Ajustes Razonables”, es decir, aquellas modificaciones y adaptaciones necesarias para garantizar a las  personas con discapacidad, el derecho al trabajo en igualdad de condiciones que los demás trabajadores.

“En República Dominicana la brecha laboral en contra de las personas con discapacidad se traduce en desventajas relacionadas con el goce de otros derechos, como la salud y la seguridad social, que dependen en parte de la participación laboral”, asegura la presidenta de esta fundación, Gisela Eusebio.

De acuerdo con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACDH), en los lugares de trabajo los ajustes razonables pueden implicar modificaciones físicas en los locales, adquirir o modificar equipos, proporcionar lector o interprete, realizar actividades adecuadas de capacitación o supervisión, adaptar los procesos de realización de pruebas o evaluaciones, modificar el horario habitual y/o asignar algunas funciones de un cargo a otra persona.

Para Gisela Eusebio, si bien estos ajustes están regulados como un derecho a favor del trabajador con discapacidad y una obligación por parte de los empleadores a los que les son requeridos, se ha previsto como única excepción para su implementación, el hecho que la misma suponga una carga económica excesiva para el empleador.